[1]
P. García Molina, “Las comunicaciones por videoconferencia de los internos con el abogado defensor o con el abogado expresamente llamado en relación con asuntos penales”, Rev. Bras. Dir. Proc. Penal, vol. 5, nº 3, p. 1219–1254, out. 2019, doi: 10.22197/rbdpp.v5i3.255.