Principio de ofensa en la suspensión de la pena de falta en la legislación chilena
DOI:
https://doi.org/10.22197/rbdpp.v9i1.765Palavras-chave:
Suspensión de la pena, principio de ofensa, falta penalResumo
Este trabajo busca estudiar la disposición del artículo 398 del Código Procesal Penal chileno según los parámetros del principio de ofensa. Para esto procederemos de la siguiente forma. En las primeras secciones del artículo, analizaremos la naturaleza de los delitos de bagatela en el ordenamiento jurídico chileno. Luego, estudiaremos el contenido teleológico subjetivo de la suspensión de la pena y sus efectos. Finalmente, presentaremos los criterios para diferenciar el principio de ofensa y del daño, enfocados en la necesidad de implementar una lectura desde la noción de ofensa que evite una sanción excesiva de faltas en el ordenamiento penal chileno.
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